Los Puntos de Información Catastral (PIC) son oficinas autorizadas por la Dirección General de Catastro en distintas Organizaciones Públicas e Instituciones, fundamentalmente en Ayuntamientos, donde los ciudadanos pueden acceder a la información catastral.
Los Puntos de Información Catastral prestan los siguientes servicios:
A cualquier ciudadano:
A los titulares catastrales o a sus representantes debidamente autorizados:
| Pic establecido en este Ayuntamiento: |
Artículo 6º. Tarifa.
Punto 6. Certificaciones Punto Información Catastral:
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